Dirigido a
Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional
y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social — UGPP
Ciudad
DAYAN HUMBERTO MARTÍNEZ PABÓN, persona mayor de edad, vecino del municipio de Santander de Quilichao (Cauca), identificado con la cédula de ciudadanía número 10.741.662 expedida en Santander de Quilichao, quien obra en su condición de Representante Legal de la sociedad mercantil denominada ALIMENTARTE CASINOS S.A.S., identificada con el NIT 900.825.805–8, según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal emitido por la Cámara de Comercio del Cauca bajo la Matrícula número 149304, por medio del presente instrumento confiere poder especial, amplio y suficiente al abogado:
FM
Félix Antonio Mancilla
C.C. No. 1.010.194.192 de Bogotá D.C. ·
Tax Lawyer & Senior Partner — Mandatum Legal
Tarjeta Profesional No. 347.579 del Consejo Superior de la Judicatura
A efecto de que, en nombre y representación de la sociedad poderdante, adelante ante esa entidad todas las actuaciones requeridas en relación con los procesos, trámites, consultas de estados de radicados y solicitudes vinculadas con el Programa de Apoyo al Empleo Formal — PAEF, correspondiente a los períodos de abril y mayo de 2021, así como con cualquier otro expediente, obligación, actuación, requerimiento, fiscalización, cobro o trámite que curse o llegare a cursar ante la Unidad a nombre de su representada, incluidos los asuntos conexos, derivados o complementarios de estos.
La relación de facultades que a continuación se expresa es enunciativa y no limitativa. Comprende toda actuación principal, accesoria, conexa, derivada o complementaria que se estime necesaria para consultar, atender, controvertir, defender, regularizar, terminar o resolver los asuntos de la poderdante ante la UGPP, aunque no se halle descrita de manera literal en este mandato. En virtud del presente poder, el apoderado queda investido de las siguientes facultades:
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1
Solicitar y recibir copia íntegra de los expedientes, comunicaciones, escritos, actos administrativos y requerimientos que la UGPP haya emitido a nombre o en contra de ALIMENTARTE CASINOS S.A.S. en relación con el PAEF, períodos abril y mayo de 2021.
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2
Verificar la vigencia, estado y oportunidad de los términos legales aplicables a los trámites de fiscalización adelantados por la Unidad, así como consultar radicados, actuaciones y anotaciones asociadas, a efectos de determinar la vía jurídica más favorable para los intereses de la poderdante.
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3
Notificarse y recibir copia de los actos administrativos, liquidaciones oficiales y actuaciones que la UGPP tenga registradas a nombre de ALIMENTARTE CASINOS S.A.S.
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4
Solicitar y obtener las respuestas emitidas por la Unidad, guías y certificados de notificación, así como cualquier documento relacionado con los beneficios del PAEF solicitados y/o reconocidos a la sociedad.
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5
Presentar solicitudes y derechos de petición, solicitudes de copias, subsanaciones, aclaraciones y complementaciones, y aportar documentos, pruebas y soportes que se estimen conducentes y pertinentes.
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6
Actualizar datos de contacto, correos electrónicos, direcciones físicas y demás información de notificación ante la UGPP, a fin de asegurar la debida comunicación de las actuaciones administrativas.
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7
Solicitar ampliación de información para dar respuesta a los procesos, trámites y actos administrativos que adelante la Unidad, y requerir acceso íntegro al expediente cuando legalmente corresponda.
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8
Interponer, sustentar y recibir recursos administrativos, solicitudes de aclaración, revocatoria directa, reposición, apelación y queja, y los demás mecanismos de defensa que resulten procedentes conforme al ordenamiento jurídico.
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9
Solicitar la terminación de procesos, aplicación de pagos, devoluciones, acuerdos de pago, transacciones, conciliaciones o cualquier actuación tendiente a finalizar, transar o resolver definitivamente cualquier procedimiento que curse en la Unidad en contra de la poderdante.
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10
Recibir información complementaria respecto de los trámites antes mencionados, inclusive a través de medios electrónicos o cualquier canal oficial habilitado por la entidad, y expedir las comunicaciones y certificaciones que se requieran en el curso de la gestión.
Las facultades que anteceden comprenden, entre otras, la verificación del estado de los términos de firmeza y caducidad de las actuaciones administrativas de la Unidad, con miras a identificar toda circunstancia jurídica favorable que pudiere operar en beneficio de la poderdante, así como la gestión integral del expediente y de las actuaciones necesarias para su adecuada defensa.
El apoderado cuenta, además, con todas las facultades requeridas en los términos del artículo 5° de la Ley 962 de 2005, incluyendo las de presentar quejas, interponer recursos, formular incidentes, sustituir o reasumir el presente poder, conciliar, desistir, recibir, renunciar, transigir y, en general, ejercer todas las atribuciones necesarias para el cabal cumplimiento del mandato conferido.
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En constancia de lo anterior y para todos los efectos legales, se firma el presente poder en Santander de Quilichao (Cauca), a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026).
El poderdante
DAYAN HUMBERTO MARTÍNEZ PABÓN
Documento de Identidad No. 10.741.662
Representante Legal
ALIMENTARTE CASINOS S.A.S. · NIT 900.825.805-8
Aceptación del mandato
FÉLIX ANTONIO MANCILLA
Documento de Identidad No. 1.010.194.192 de Bogotá D.C.
Tax Lawyer & Senior Partner
Tarjeta Profesional No. 347.579 del C.S.J.
Mandatum Legal
Minuta elaborada por: Mandatum Legal
Dr. Félix Antonio Mancilla, T.P. No. 347.579 del Consejo Superior de la Judicatura
Nota de autenticación: El presente poder debe ser autenticado ante Notaría Pública o Centro de Conciliación legalmente habilitado antes de su presentación ante la UGPP. Deberá adjuntarse copia nítida del documento de identidad del Representante Legal y el Certificado de Existencia y Representación Legal vigente, expedido por la Cámara de Comercio del Cauca (NIT 900.825.805-8).